jueves, 2 de octubre de 2008

CONTESTACIÓN GRACIOSA

Lo de las mentiras de este Gobierno es ya una cuestión de vicio. Con respecto al tema de la aprobación inicial del PGOU, como recordaréis, en su momento nos negamos a participar en el pleno en el que resultó aprobado. Nos negamos por una razón muy sencilla, se nos citó para el pleno en la fiestas de navidad, con días de fiesta de por medio, de manera que sólo tuvimos dos días para mirar la documentación. Documentación muy extensa, que no se nos facilitó en CD hasta el día del pleno, ni siquiera el día de la comisión informativa. Si la documentación la hubiésemos tenido antes la podríamos haber estudiado en nuestras casas o donde quisiéramos. Ante estos hechos nuestro portavoz le preguntó al secretario "si consideraba que habíamos tenido suficiente tiempo para ver la documentación. La respuesta no dejaba lugar a dudas; NO. Ante esto le pedimos un informe técnico en el que valorará si el tiempo que tuvimos para estudiar la documentación fue el adecuado. Bien, aquí tenéis la respuesta literal:
En contestación a su pregunta de informe sobre si el tiempo dado por el Ayuntamiento a la oposición es suficiente para formarse una idea cabal de su contenido.
En uso de las funciones encomendadas en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.
El Secretario del Ayuntamiento solo informa del derecho a aplicar en cada pregunta.
A este respecto:
Primero: los documentos que forman parte de los antecedentes que la Administración tiene para que el Pleno Corporativo forme su voluntad decisoria dice el art.84 ROF, que deberán estar estos a disposición de los concejales desde el momento de la convocatoria; si los documentos de aprobación inicial fueron entregados a los concejales en formato telemático "CD-R", en la sesión de la Comisión Informativa correspondiente obviamente estaban en conocimiento de los concejales dentro del plazo determinado en la norma.
No corresponde a entrar a valorar si el tiempo querido por el legislador es suficiente o no, dada la complejidad de un asunto, pues el mismo no lo ha hecho, por lo que la máxima donde el legislador no ha distinguido no corresponde al intérprete distingir.
Firmado. El Alcalde-Presidente.
Estos son los bueyes con los que aramos. Unos escurren el bulto y otros no paran de mentir.

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